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Socios protectores
Aquellas personas físicas o jurídicas que por su especial interés en los fines de la Fundación realicen donaciones o subvenciones de cualquier tipo mediante la firma de un protocolo, acuerdo o convenio de colaboración por un periodo no inferior a tres años y cuyas aportaciones en conjunto igualen o superen los 3.000 €.
Las Normas de Organización y Funcionamiento establecerán las condiciones, requisitos y derechos de los socios protectores, sin que en ningún caso puedan ser miembros del Patronato, pudiendo formar parte del consejo asesor, asistir a sus reuniones si así lo solicitan, con voz pero sin voto
Socios colaboradores
Aquellas personas físicas o jurídicas que por su especial interés en un proyecto determinado financien una parte del mismo mediante donación de una cantidad entre 500 € y 3.000 € o bien sin llegar en su conjunto al importe establecido en el apartado anterior, en cuyo caso adquiriría la condición de Socio Protector.
Las Normas de Organización y Funcionamiento establecerán las condiciones, requisitos y derechos de los socios colaboradores, pudiendo asistir a las reuniones de los proyectos, si así lo solicitan, con voz pero sin voto.